Contratación de VEINTIDÓS MIL QUINIENTAS (22.500 hs.) horas de servicio de seguridad física, en los accesos de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORENO. Especificaciones técnicas: 1.- OBJETO
Contratación de VEINTIDÓS MIL QUINIENTAS (22.500 hs.) horas de servicio de seguridad física, en los accesos de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORENO, sita en la calle Bartolomé Mitre 1.891, partido de MORENO, provincia de BUENOS AIRES, por el término de DOCE (12) meses, con opción a una prórroga de SEIS (6) meses más, y en un todo de acuerdo a las siguientes características:
2.- CONDICIONES DEL SERVICIO
La adjudicataria deberá cumplir con los roles de seguridad, control y vigilancia, debiendo prestar el servicio en los tres (3) accesos al predio, en los horarios en que se desarrollan las actividades académicas dentro de la Universidad.
Ello implica contar de manera permanentemente, con la presencia de personal en cuatro (4) puesto a cubrir en el horario de 7.00 a 23.00 horas, de lunes a viernes, y los días sábados el horario a cubrir será de 7.00 a 17 horas.
Un puesto de rondín a cubrir en el horario de lunes a viernes de 23.00 a 7.00 horas, los días sábados y domingos de 17.00 a 7.00 hs., según ANEXO 1 adjunto al presente pliego.
La denominación de los accesos al predio donde se prestará el servicio, son los siguientes:
1-Acceso Bartolomé Mitre: Un vigilador
2-Acceso calle Corvalán: Un vigilador
3- Acceso Dorrego, estacionamiento de alumnos y público en general: Dos puestos de vigiladores, un vigilador en el puesto de la garita de acceso y otro en el puesto de la garita de salida.
El cuarto vigilador tendrá asignada la tarea de recorrer los sectores del campus hasta las 17.00 hs., posteriormente cumplirá el servicio en la garita de salida del estacionamiento de Dorrego hasta la hora de finalización de la jornada.
Además, la Universidad podrá solicitar a la adjudicataria, al mismo valor hora/hombre, la incorporación de personal adicional al establecido, para reforzar la seguridad en las ocasiones en que se organicen eventos especiales (charlas abiertas, festivales, congresos, etc.) hasta la finalización de los mismos.
El esquema del servicio presentado podrá ser modificado por la UNIVERSIDAD, atendiendo a razones no previstas en el funcionamiento actual.
3.- CONDICIONES FISICAS Y DE USO DE CADA ACCESO
1-Acceso Bartolomé Mitre: Este acceso corresponde al pórtico construido sobre la Avenida Bartolomé Mitre el cual cuenta con una cabina para el personal de seguridad, con servicio sanitario y armario. Además cuenta con servicio de monitoreo de cámaras de seguridad, las cuales cubrirán el sector de vereda del frente sobre la avenida, incluyendo la parada de transporte de pasajeros.
Este acceso está proyectado para el ingreso y egreso de
personas de manera peatonal y ocasionalmente será habilitado para el ingreso y egreso de vehículos.
2-Acceso calle Corvalán: Este acceso tiene las características físicas y de equipamiento similares al de Bartolomé Mitre.
Su uso está previsto para el permanente ingreso y egreso de personas y de los vehículos del personal docentes y no docentes, proveedores y visitantes. Además, es un acceso peatonal.
3-Acceso calle Dorrego: Este acceso cuenta con dos cabinas de fibra de vidrio vidriadas con instalación eléctrica, la cuales estarán localizadas de la siguiente manera, una en el acceso y la otra en la salida del estacionamiento, ambas junto a los portones corredizos, sobre la calle Dorrego.
Su uso está previsto de manera exclusiva para el ingreso y egreso de los vehículos de los alumnos y público en general.
4.- DESCRIPCIÓN DE LAS TAREAS, CUSTODIA Y CONTROL
La adjudicataria deberá custodiar y resguardar los bienes físicos (bienes muebles, inmuebles) y la seguridad de las personas que estén dentro del predio y en los alrededores de cada acceso. Además, deberá controlar y mantener el orden en los puntos de ingreso y egreso al predio, haciendo respetar las consignas impartidas por la UNIVERSIDAD, con respecto al uso de los espacios verdes exteriores, la circulación vial interior y los lugares de estacionamiento.
Las personas dispuestas por la adjudicataria para prestar el servicio no podrán ausentarse del lugar físico o del puesto de guardia en ningún momento durante la duración del turno, para lo cual deberá considerarse un agente que auxilie a los puestos de vigilancia en forma sucesiva, realizando relevos transitorios, puede utilizarse para estos relevos el vigilador que cumple la tarea de “rondín”.
En cada uno de los accesos deberá mantener el orden, la disciplina, prevenir atentados y sabotajes y colaborar en caso de accidentes o siniestros.
Con respecto al ingreso de vehículos deberá exigir la exhibición del calco identificatorio de la UNM en el parabrisas del vehículo, en el caso de los vehículos que no posean el calco se deberá dejar asentado en el libro de actas los datos del vehículo y del conductor además de la función y o tarea por la cual se presenta a la UNM. Si el vehículo es un utilitario o camioneta deberá registrarse el interior del mismo tanto en la entrada como en la salida del campus de la UNM.
En el caso de los proveedores en general se debe dejar asentado en el libro de actas de la empresa a la que pertenece, función, etc. También se registrarán los datos del conductor, del vehículo y se revisará el interior de baúles o cajas de carga según corresponda al tipo de transporte, tanto en la entrada como en la salida del campus de la UNM.
En el caso del estacionamiento de alumnos, dar indicaciones para que los vehículos estén estacionados de manera ordenada.
Informar y hacer respetar las consignas viales dentro del predio.
Verificar, al finalizar el horario, que todos los bienes custodiados estén en condiciones normales, transfiriendo cualquier novedad a los serenos nocturnos de la Universidad, quienes serán los encargados de cerrar los portones de acceso al finalizar las actividades.
Registrar cualquier situación que fuera necesario asentar en el Libro de Registro de Servicio, según corresponda.
Mantener el orden y la disciplina, prevenir atentados, sabotajes, y colaborar en caso de siniestros.
NOTA: La UNIVERSIDAD podrá solicitar cualquier otra nueva tarea a las especificadas en este punto, y que se encuentre dentro de lo considerado en la prestación del servicio, objeto de la presente contratación.
5.- REQUISITOS DEL PERSONAL DE SERVICIO:
Las personas designadas por la Adjudicataria para prestar el servicio en cada uno de los accesos deberán reunir los siguientes requisitos:
Ser mayor de edad.
Ser ciudadano argentino nativo o por opción; o naturalizado.
Poseer Documento Nacional de Identidad.
Poseer certificado de buena conducta expedido por el REGISTRO NACIONAL DE REINCIDENCIA Y ESTADÍSTICA CRIMINAL. La Universidad podrá solicitar en cualquier momento la presentación de nuevos certificados.
Poseer Libreta Sanitaria: Las personas designadas por la adjudicataria deberán estar provisto de su respectiva Libreta Sanitaria Oficial (certificado sanitario de salud) expedido por la autoridad competente.
Tener experiencia laboral como personal de vigilancia. Con una antigüedad no inferior a dos años de servicio en relación de dependencia en la adjudicataria, y no inferior a tres años en la actividad de seguridad física, demostrable.
La adjudicataria deberá contar además entre el personal de servicio, con un agente que sea responsable de coordinar y supervisar las operaciones en el lugar, impartir instrucciones particulares, derivadas del análisis del servicio prestado y articular con la Dirección de Mantenimiento Edilicio y Seguridad el desarrollo cotidiano de la actividad.
Deberá reunir los requisitos enunciados anteriormente, sobre todo en lo referido a la experiencia laboral.
NOTA: TODA PERSONA DESIGNADA PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO NO PODRÁ PORTAR ARMAS.
Para la efectiva prestación del servicio la adjudicataria deberá proveer a cada uno de los vigiladores de todos los elementos y artículos necesarios para la prestación del servicio, a saber:
I) Linterna y silbato.
II) Equipos de radio/teléfono; a fin de permitir comunicarse con las emergencias necesarias las VEINTICUATRO (24) horas del día y tener comunicación directa con la adjudicataria.
III) Chaleco fosforescente con logo de la adjudicataria.
IV) Equipo para los días de lluvia.
Asimismo, la Adjudicataria deberá proveer al personal afectado a la prestación del servicio el uniforme de trabajo adecuado al clima y a la época del año, el cual deberá ser previamente, aprobado por la UNM. Así mismo dicho personal deberá portar tarjeta de identificación donde se consigne la razón social de la adjudicataria, apellido y nombre del agente, número de documento de identidad y fotografía actualizada del mismo, debidamente plastificada y prendida en el bolsillo izquierdo de su chaqueta.
6.- RECARGO DEL SERVICIO
La adjudicataria no podrá utilizar el mismo vigilador en más de un turno de trabajo consecutivo. Solo se permitirá la duplicación de turnos en caso de fuerza mayor y dicha novedad deberá asentarse en el libro de comunicaciones.
7.- OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA
La adjudicataria deberá cumplimentar exclusiva y excluyentemente y sin derecho a reembolso o resarcimiento alguno, la totalidad de las normas administrativas, comerciales, laborales, impositivas, previsionales, de cobertura aseguradora o de cualquier otra índole, tanto nacionales, provinciales o municipales que le resulten inherentes como consecuencia de la actividad que desarrolle por el presente, asumiendo idéntica responsabilidad con relación a las personas designadas para prestar servicio a su favor a tal efecto. La UNIVERSIDAD podrá, a su solo juicio y en cualquier oportunidad, requerir la documentación que acredite dicho cumplimiento.
Asimismo la adjudicataria deberá dar complimiento a las obligaciones salariales, cargas sociales, seguros, elementos de seguridad, indumentaria, beneficios, seguros y o todas las obligaciones correspondientes a la forma jurídica adoptada por la firma, quedando comprendida todas las obligaciones y responsabilidades respecto de las personas que designe para cumplir el servicio, que existan o pudieran surgir durante la vigencia del contrato, sin excepción, quedando la Universidad exenta de cualquier tipo de responsabilidad.
La adjudicataria deberá capacitar y asegurar el cumplimiento de las normas de Seguridad e Higiene vigentes por parte de las personas designadas para cumplir el servicio. Asimismo se deberá respetar todo lo establecido en el contrato.
Deberá proveer a las personas designadas para prestar servicio de la vestimenta completa a utilizar teniendo en cuenta las diferentes estaciones del año y las condiciones climáticas, inclusive el calzado, así como los elementos de seguridad en un todo de acuerdo con la naturaleza de las tareas a realizar, según la normativa legal vigente.
Dar estricto cumplimiento con las Convenciones Colectivas de Trabajo y Previsionales vigentes que resulten de aplicación, de acuerdo a la naturaleza jurídica adoptada por el adjudicatario.
Contar con un centro de atención al cliente para evacuar quejas, consultas o nuevas necesidades del servicio.
Deberá capacitar permanentemente a las personas designadas para cumplir el servicio en la aplicación de distintas técnicas de seguridad y control, como así también, en las particularidades del servicio en cada sector.
Deberá presentar conjuntamente con la factura mensual, toda la documentación y/o constancias requeridas en la presente contratación (impositivas, previsionales, ART, obra social, sindicato, y/o que corresponda conforme la naturaleza jurídica adoptada por el Adjudicatario).
En relación a los seguros la Adjudicataria deberá cumplir con lo establecido en el Artículo 11 del presente.
Deberá mantener actualizada la documentación de todas las personas designadas para prestar el servicio, informando a la Universidad cada vez que se produzcan modificaciones (altas, bajas, cambio de condición laboral) acompañando los antecedentes correspondientes.
No utilizar los locales y bienes de uso de propiedad de la UNIVERSIDAD, para fines distintos de los estipulados en la presente contratación.
Separar a toda persona que a juicio de las autoridades de la UNIVERSIDAD, resulte incompetente o no cumple en forma correcta con sus obligaciones, reemplazándola en forma inmediata.
Firmar las actas de infracción, que se labren ante la eventual comprobación de incumplimiento del servicio.
Cumplimentar estrictamente todas las disposiciones legales que resulten de aplicación, de acuerdo con la naturaleza de los servicios.
Limitarse a prestar únicamente los servicios adjudicados, dando cumplimiento sin interrupción alguna a los requerimientos diarios que formule la UNIVERSIDAD, estando prohibido realizar otros tipos de actividades dentro del mismo y servicios a terceros.
La adjudicataria deberá nombrar a un Supervisor responsable de coordinar y supervisar las operaciones en el lugar, impartir instrucciones particulares derivadas del análisis del servicio prestado y articular con La Dirección de Mantenimiento Edilicio y Seguridad el desarrollo, cotidiano de la actividad. Asimismo, dicho Supervisor deberá coordinar y controlar al personal de vigilancia, manteniendo en condiciones de uso los elementos técnico pertenecientes a la Adjudicataria y las instalaciones que la Universidad otorgue a cargo para la prestación del servicio (local de seguridad, garitas, baños, y demás instalaciones). Deberá realizar periódicamente visitas de control en el predio, monitoreando la prestación de todo el servicio, estando a disposición de la Universidad para solucionar cualquier inconveniente y proponer mejoras al servicio que considera pertinente.
8.- DAÑOS
La Adjudicataria deberá tomar todos los recaudos y precauciones necesarias, a fin de evitar daños a las instalaciones del organismo, a todas las personas que prestan el servicio, a los del organismo, a terceros vinculados o no con la prestación del servicio. A tal efecto, deberá acreditar la contratación de un seguro que cubra dichas contingencias tal como surge del artículo 11 del presente Pliego.
No obstante, ello, el resarcimiento de los perjuicios que se produjeran, correrán por cuenta exclusiva de la adjudicataria, subsistiendo dicha responsabilidad hasta la finalización del contrato respectivo, tal como surge del Artículo 11 del presente.
La Universidad podrá retener en su poder, de las sumas que adeudara a la adjudicataria el importe que estime conveniente hasta que las reclamaciones o acciones que llegaran a formularse por algunos de aquellos conceptos, sean definitivamente resueltas y hayan sido satisfechas las indemnizaciones a que hubiere lugar en derecho.
9.- NOVEDADES
La adjudicataria deberá habilitar al inicio del servicio un “Libro de Registro de Servicios”, foliado y por triplicado, donde asentará toda la información de importancia técnica, operativa o legal. Servirá para establecer comunicación fehaciente entre la adjudicataria y el organismo, como también para asentar el incumplimiento en la prestación del servicio. Dicho libro deberá permanecer continuamente en la Universidad.
Todas las visitas de control que realice el Supervisor, deberán estar asentadas fehacientemente en el “Libro de Registro del Servicio”, con la novedad y observaciones realizadas. Además, deberá registrar en dicho libro de manera clara y legible, todo el movimiento que realicen las personas designadas para prestar las tareas, y todas las novedades que ocurran durante la prestación diaria del servicio.
La Universidad registrará en el “Libro de Registro de Servicios” toda observación a la prestación, debiendo ser subsanada a la brevedad y asegurando la no repetición. La no resolución de las mismas, dará lugar a las penalidades dispuestas en el Pliego respectivo.
Asimismo, deberá mantener permanentemente actualizado el “Libro de Registro de Servicio”, tarea a cargo del Supervisor del Servicio en el predio, siendo éste un documento de prueba fehaciente del servicio prestado, donde, además, se registrarán diariamente las novedades ocurridas, si las hubiere, o en todo caso se colocará “sin novedades”.
En la medida que éstos libros se vayan completando los mismos quedarán en custodia de la UNM. Al finalizar la contratación, los “Libros de Registro del Servicio” quedarán en poder de la UNM, siendo el incumplimiento motivo de sanción.
11.- SEGUROS
La Adjudicataria deberá, durante la ejecución del objeto contractual, incluyendo cualquier trabajo extra relacionado con el mismo, mantener la siguiente cobertura de seguro a su nombre y la del organismo.
La Adjudicataria deberá mantener al organismo cubierto por toda pérdida y/o reclamo por lesiones o daños y perjuicios causados a cualquier persona, y/o daños físicos o materiales a bienes de cualquier clase que puedan producirse como consecuencia de la ejecución del servicio; y por todo reclamo judicial y gastos de cualquier naturaleza que sean, respecto de o en relación a ello.
De acuerdo corresponda con la naturaleza jurídica adoptada por la Adjudicataria, deberá , dentro de los CINCO (5) días corridos anteriores al inicio del servicio, la Adjudicataria tomará a su exclusivo costo, un seguro de Responsabilidad Civil extra contractual a su nombre y del organismo (en forma conjunta de manera que la indemnización resultante sea la misma que si se tratase de pólizas separadas) por cualquier daño, pérdida o lesión que pudiera sobrevenir a cualquier bien (inclusive los del organismo) o cualquier persona (inclusive empleados del organismo) o por hechos ocurridos como consecuencia de/u ocasionados por la ejecución del contrato.
Dentro de los CINCO (5) días corridos anteriores al inicio del servicio, la Adjudicataria deberá presentar copia del contrato de afiliación a una Aseguradora de Riegos del Trabajo, conforme lo normado por la Ley N° 24.557, certificada por la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO, con la nómina del personal cubierto o lo que conforme de acuerdo a la naturaleza jurídica de la adjudicataria corresponda. La misma deberá contener: nombre, apellido y número de documento de identidad de cada uno. Deberá constar en dicha póliza una cláusula de no repetición a favor de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORENO.
La Adjudicataria deberá además presentar el Seguro de Vida Obligatorio, según lo dispuesto en el Decreto N° 1.567/1974, que cubra a todas las personas afectadas a la prestación del servicio, mediante pólizas individuales. Deberá constituir dicha póliza en una compañía argentina autorizada por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN. Los certificados de seguros contra accidentes, deberán contener la nómina de las personas cubiertas, con indicación de nombre, apellido y número de documento de identidad.
La contratación de los seguros que amparen los riesgos antes mencionados deberá serlo en empresas de primer nivel y reconocida solvencia en plaza, por todo el tiempo de vigencia de la prestación, procedimiento que se repetirá en el supuesto de prórroga del contrato original.
Será responsabilidad exclusiva de la Adjudicataria el mantenimiento de la vigencia de las pólizas respectivas durante todo el período del cumplimiento del contrato.
El organismo se reserva el derecho de solicitar la situación de todas y cada una de las pólizas, en caso de que las mismas no fueran de su entera satisfacción.
Ninguna persona destinada por la Adjudicataria para la prestación del servicio adquiere por esta contratación ningún tipo o forma de relación de dependencia con la Universidad, siendo exclusivamente por cuenta de la Adjudicataria todas las responsabilidades emergentes de la relación laboral con las personas designadas para el servicio de vigilancia. Queda bajo la exclusiva responsabilidad de la Adjudicataria todo accidente de trabajo que ocurra a las personas que presten el servicio o a terceros vinculados o no con la prestación del servicio.
12.- RESPONSABILIDADES DE LA ADJUDICATARIA
La adjudicataria deberá tener previsto permanentemente suficientes personas designadas para prestar el servicio para cubrir las inasistencias, como así también para cubrir a las personas designadas para cubrir el servicio cuya separación del plantel sea solicitada por la Universidad, cuando por sus actos violen las disposiciones vigentes en cuanto al orden, disciplina, seguridad y otros motivos que afecten a la institución.
En todo momento, la adjudicataria deberá adoptar las medidas que considere apropiadas para prevenir o impedir toda conducta ilegal, tumultuosa o desordenada de las personas designadas para prestar el servicio, y de los bienes en el área de trabajo y sus proximidades.
Cuando se detecten deficiencias en la prestación del servicio o incumplimientos, la adjudicataria será pasible de las sanciones y penalidades previstas en los correspondientes pliegos. Las novedades que se produzcan con relación al cumplimiento de la prestación del servicio y de las cláusulas contractuales, se deberán asentar en el “Libro de Registro de Servicio”.
13.- REMOCIÓN DEL PERSONAL POR PARTE DE LA UNIVERSIDAD
La Universidad podrá exigir a la adjudicataria la separación del plantel asignado en esta casa, a cualquier miembro de la nómina de las personas designadas por la firma para prestar el cumplimiento de la prestación, cuando considere que la presencia o conducta no sea la adecuada. La adjudicataria reemplazará a toda persona asignada al cumplimiento del servicio que no resulte idóneo para el trabajo requerido, en un plazo máximo de CUARENTA Y OCHO (48) horas, siendo ésta la única responsable de las consecuencias emergentes que pudiera acarrear dicha decisión.
La Universidad se reserva el derecho de aceptación, una vez producido el reemplazo, después de haber evaluado si el reemplazante reúne los antecedentes necesarios para el desempeño del Servicio.
14.- CONTROLES DE ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD
La adjudicataria deberá efectuar diariamente el control del horario y la puntualidad de las personas designadas a la prestación del servicio, respetando los turnos establecidos, y remitiendo la información completa (consignando nombre y apellido de los operarios, horario de ingreso y egreso, cantidad de horas trabajadas, etc.) en forma mensual y constante. Requisito sin el cual, no será posible la liquidación de los servicios prestados.
La Universidad se reserva el derecho de auditar, verificar, comparar, etc., los datos suministrados, que deberán estar de acuerdo con el registro horario del Libro de Registro del Servicio, llevado por el responsable de la adjudicataria. De verificarse diferencias, se tomarán como válidos los datos obtenidos por dicho registro, a efectos de la liquidación mensual por la prestación del servicio.
Si la Universidad advierte que todo o parte del personal de la adjudicataria no estuviera ejerciendo sus tareas se procederá, previa notificación, al descuento de las horas no trabajadas de acuerdo a lo establecido contractualmente.
15. - ASPECTOS MÉDICO-SANITARIOS
Ante cualquier emergencia y/o urgencia, la Adjudicataria deberá comunicarla inmediatamente a la Dirección de Mantenimiento Edilicio y Seguridad, quien aplicará el protocolo correspondiente para el caso. El evento deberá ser considerado una novedad de servicio, por lo se procederá a escribirlo en el Libro de Registro del Servicio.
16.- PRESTACIÓN DEL SERVICIO: El mismo deberá comenzar a efectuarse diez (10) días hábiles a partir de la notificación de la Orden de Compra.
17.- VISITA: Los oferentes antes de la cotización deberán realizar una visita con el fin de observar los sitios donde prestarán el servicio, siendo el área responsable de la supervisión y contacto la Dirección de Mantenimiento Edilicio y Seguridad. Se deja constancia que la no realización de la visita, será considerada una omisión esencial en los términos del inciso j), del artículo 66 del Decreto 1030/2016. La Dirección de Mantenimiento Edilicio y Seguridad emitirá un Certificado de Visita el que deberá incluirse en la oferta.
18.- OBLIGACIONES DE LOS OFERENTES: Los oferentes deberán cumplimentar los siguientes requerimientos: 1.- Deberán acreditar una antigüedad no menor a tres (3) años en el rubro, siendo su incumplimiento, motivo de desestimación de la oferta. 2.- Deberán acreditar referencias en el rubro mediante la presentación de una carpeta donde conste la prestación de un servicio de similares características a las descriptas en el Pliego de Especificaciones Técnicas, en los organismos públicos y/o privados, para lo cual deberán adjuntar los correspondientes certificados. Esta información será verificada por la UNIVERSIDAD, de considerarlo conveniente. Asimismo, deberán presentar los certificados emitidos por los Organismos y/o empresas contratantes en los cuales conste la evaluación de la prestación; como así también deberán acreditar la habilitación correspondiente al rubro. 3.- Deberán presentar la estructura de costos correspondientes a esta contratación en valores absolutos (Pesos) y relativos (Porcentaje).
19.- OSERVACIONES GENERALES: Las ofertas parciales no serán consideras. Los trabajos requeridos pueden ser desarrollados por empresas y/o cooperativas de diversas escalas, por lo tanto, es deberán aceptar micro, pequeñas y medianas empresas y cooperativas habilitadas al servicio. Tolerancia: No se aceptan Plazo entrega: Áreas destinatarias: Subs. de Plan. Físico y Patr. Histórico (22.500,00) Lugar de entrega: Bartolomé Mitre 1891 (1744) MORENO |