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    UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORENO      
Portal de Compras Públicas
Contratación Directa CDI 57/2022

CONVOCATORIA

Concesión del servicio de instalación y explotación de máquinas expendedoras de bebidas calientes, bebidas frias y snacks en la Universidad Nacional de Moreno, por un período de veinticuatro (24) meses con opción a prórroga por doce (12) meses más.
Oficina contratación central
EXP:581/2022
06/03/2023
Sin Modalidad
Sin Clase
23/03/2023 12:00
Por monto

 

Descarga de documentación
Pliego de base y condiciones particulares
Concesión del servicio de instalación yexplotación de máquinas expendedoras de bebidas calientes, bebidas frias y snacks en la Universidad Nacional de Moreno, por un período de veinticuatro (24) meses con opción a prórroga por doce (12) meses más.

 

Retiro del Pliego Consulta del Pliego
www.comprar.gob.ar, www.unm.edu.ar (1744), MORENO, Buenos Aires
www.comprar.gob.ar, www.unm.edu.ar (1744), MORENO, Buenos Aires
Hasta el día 23/03/2023 a las 12:00 horas
Hasta el día 23/03/2023 a las 12:00 horas
$ 0,00
 

 

Presentación de Ofertas Acto de Apertura
Bartolome Mitre 1891, Moreno, Buenos Aires (1744), MORENO, Buenos Aires
Bartolome Mitre 1891, Moreno, Buenos Aires (1744), MORENO, Buenos Aires
06/03/2023
23/03/2023
23/03/2023
13:00
12:00
 
 

 

Renglones
Renglón Descripción del renglón Entrega muestra Permite prórroga Cantidad Unidad medida Rubro Catálogo bienes y servicios Tipo
1 Concesión del servicio de CINCO (5) maquinas expendedoras de bebidas calientes, en un todo de acuerdo a lo establecido en las especificaciones técnicas.
Especificaciones técnicas:

Período propuesto de duración de la licitación:

 

24(VEINTICUATRO) meses con opción a prorroga por un periodo de 12(MESES).

 La prórroga se otorgara a criterio de la Universidad y según evaluación de los resultados del funcionamiento del servicio durante la etapa prevista acorde al presente Pliego de Especificaciones Técnicas.

 

-Cantidad: CINCO (5) máquinas

 

-Características de las máquinas

 

Capacidad: no menor a DOSCIENTOS (200)

vasos

Las maquinas deben suministrar las siguientes

bebidas:

• Café corto

• Café largo

• Café cortado

• Café con leche

• Capuchino

• Chocolate con leche

• Te al limón

• Leche manchada

 

-Todos los productos deberán poder ser preseleccionados sin azúcar o con doble de Azúcar.

Los revolvedores/agitadores deben ser expedidas junto con la

bebida y el vaso.

-La contratación incluye la provisión de insumos para las máquinas expendedoras, los que deberán ser sólo productos de firmas de

primera línea:

• Café soluble (tipo Nescafé, Arlistán).

 • Café en granos tostado Saranda 17 o 18

(tipo 5 Hispanos, Cabrales, Bonafide)

• Leche en polvo descremada (tipo San

Regim, Svelty).

• Chocolate (tipo Nesquik).

• Te al limón (tipo vending).

• Azúcar (tipo Chango, Ledesma).

 

 

El adjudicatario deberá asegurar la provisión necesaria de la calidad y cantidad de equipamiento e insumos necesarios para cubrir satisfactoriamente el servicio.

 


Tolerancia: Podrá ofrecer otros medios alternativos de pago, ya sea mediante tarjeta SUBE o tecnología NFC.
Plazo entrega:
Áreas destinatarias: Depto. de Bienestar y Asuntos Estudiantiles. (24,00)
Lugar de entrega: Bartolomé Mitre 1891 (1744) MORENO
NO SI 24,00 MES CONCESION SERVICIO DE CONCESION (3.2.9.07264) Servicio
2 Concesión del servicio de CUATRO (4) maquinas expendedoras de snacks y bebidas frías, en un todo de acuerdo a lo establecido en las especificaciones técnicas.
Especificaciones técnicas:

Período propuesto de duración de la licitación:

 

24(VEINTICUATRO) meses con opción a prorroga por un periodo de 12(MESES).

 La prórroga se otorgara a criterio de la Universidad y según evaluación de los resultados del funcionamiento del servicio durante la etapa prevista acorde al presente Pliego de Especificaciones Técnicas.

 

-Cantidad: CUATRO (4) maquinas

 

-Características de las máquinas

Las máquinas deberán poseer capacidad de

venta de mas de 100 productos, de al menos 5 bandejas para colocar productos tipo snack y botellas de ½ litro, latas y tetra. Asimismo, las

maquinas ofertadas deberán poseer no menos de 20 selecciones.

 

- Snacks:

Se deberán garantizar en las maquinas

expendedoras como mínimo: Alfajores,

galletitas, chocolates, papas fritas, barritas de

cereales y productos libres de gluten, entre

otros.

 

-Bebidas frías:

Las maquinas deberán poseer como mínimo

CINCO (5) tipos de bebidas frías, y gustos

como ser: cola, lima limón, pomelo, agregando

opciones, Light, sin azúcar, incluyendo además

agua saborizada, agua con o sin gas de bajo

contenido de sodio y jugos, todos los productos

de primera marca, presentadas en

(latas/botellas/tetra) en su envase original

cerrado del fabricante.

 

BEBIDAS ALCOHÓLICAS

Se prohíbe expresa y terminantemente al concesionario el expendio de bebidas alcohólicas y/o energizartes

 

El adjudicatario deberá asegurar la provisión  necesaria de la calidad y cantidad de equipamiento e insumos necesarios para

cubrir satisfactoriamente el servicio.

 

-El servicio implicara que el adjudicatario es responsable a su entero costo y riesgo toda la mano de obra, supervisión, transporte, equipos, medios de comunicación y  elementos de seguridad  necesarios para que su personal. realice las tareas necesarias .

 

Forma de Ejecución de servicio

El adjudicatario ejecutará el servicio objeto de la presente, en un todo de acuerdo a lo requerido en el Pliego de Bases y Condiciones, Especificaciones Técnicas, Contrato y directivas de la UNM.

Los oferentes deberán incluir en la oferta un listado de productos para lograr calificar de acuerdo al nivel de excelencia buscado por este Organismo, incluyendo las sugerencias que el oferente considere convenientes para la correcta prestación del servicio

 

SUPERVISIÓN

La Supervisión designada por la UNM tendrá a su cargo el control y la correcta ejecución del servicio contratado y el fehaciente cumplimiento de todas las cláusulas establecidas en los Pliegos de Bases y Condiciones y Especificaciones Técnicas.

 

COORDINACIÓN

El adjudicatario designará a un ENCARGADO, quien será el único interlocutor válido ante la Supervisión de la UNM. El mismo será designado al inicio de la prestación del servicio contratado, debiendo notificar a  la Supervisión de la UNM la identificación del mismo.

 

PERSONAL.CUMPLIMIENTO DE LA REGLAMENTACIÓN VIGENTE EN TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL. LEY DE HIGIENE Y SEGURIDAD Y DE ASEGURADORA DE RIESGO DE TRABAJO (ART)

 

El personal será designado por el concesionario y no tendrá  ninguna clase de relación laboral con la Universidad.

El concesionario será responsable en forma exclusiva de todas y cada una de las obligaciones que, en su carácter de   empleador, asumirá respecto del personal que contrate y que trabaje bajo su responsabilidad absoluta . En tal sentido deberá contratar,  el Seguro de Riesgos del Trabajo, no asumiendo la Universidad responsabilidad alguna en tal sentido.

El resarcimiento de los perjuicios que no obstante se produjeren correrá por cuenta exclusiva del concesionario. La Adjudicataria deberá dar estricto cumplimiento a lo establecido en materia de Higiene y Seguridad en el Trabajo, Ley Nº 19.547 y su Decreto Reglamentario Nº 351/79; sobre Riesgo de Trabajo Ley Nº 24.557 y su Decreto Reglamentario Nº 170/96 y demás legislación vigente en la materia. La UNM se reserva el derecho de auditar el cumplimiento por intermedio del organismo con competencia sobre el tema.

En cumplimiento de lo requerido por las Leyes N° 20.744 (Contrato de Trabajo) y N° 24.013 (Empleo), la empresa Adjudicataria deberá presentar:

 

Dentro de los cinco (5) días de firmado el contrato la empresa Adjudicataria deberá presentar:

 

  •  Perfil profesional del personal afectado al servicio.
  • Número de CUIL de cada uno de ellos.
  • Fotocopia de la Póliza de la Aseguradora de Riesgos de Trabajo, que tenga a su cargo la cobertura médico- asistencial del personal que prestará servicios.

 

En concordancia con el pago mensual del canon, el concesionario deberá presentar ante los funcionarios designados para efectuar la Supervisión del servicio y a su requerimiento, la documentación que a continuación se detalla.

 

Fotocopia de los recibos de haberes y de los sueldos anuales

 

complementarios – si correspondiera- del personal afectado al servicio.

  • Fotocopia de las boletas de depósitos de los aportes previsionales del personal afectado al servicio, tanto del empleador como del empleado.
  • Fotocopia del pago de la Aseguradora de Riesgos de Trabajo (A.R.T.).

IMPORTANTE: Serán de exclusiva responsabilidad de la empresa adjudicataria todo accidente de trabajo que ocurra a su personal o a terceros vinculados con la prestación del servicio, como asimismo, el cumplimiento de todas la obligaciones emergentes de las leyes laborales.

 

VESTIMENTA E IDENTIFICACIÓN

Deberá ser provisto por el CONCESIONARIO el uniforme adecuado al trabajo y en un todo de acuerdo a la normativa vigente en el rubro/actividad y a la época del año para todo su personal

 

DEL PERSONAL DEL CONCESIONARIO

El personal deberá actuar con la mayor discreción posible en el desempeño de las tareas, cuidando expresamente el trato con autoridades, estudiantes, docentes, no docentes y visitantes de esta Casa de Altos Estudios.

El personal deberá ser idóneo y de buenos antecedentes, de buena presencia, conducta y educación; asimismo deberá acreditar su estado de salud en el cumplimiento de normas y ordenanzas vigentes al efecto.

El personal que realice las tareas no tendrá relación laboral con la Universidad y deberá ser mayor de dieciocho (18) años.

 

PRECIOS Y REAJUSTES

. Los precios y la calidad del servicio serán los que se fijen en los pliegos, contrato u oferta, de acuerdo a la propuesta que resulte adjudicada.

Los precios de los productos deberán ser respetados estrictamente por el concesionario. Dichos precios se podrán ajustar UNICAMENTE si se registra un aumento sustancial en el costo de las mercaderías correspondientes (circunstancia que deberá ser acreditada y justificada debidamente por el concesionario) y mediando expreso pedido del concesionario, y previa autorización por escrito de la Universidad. Sera deber del concesionario entregar ticket fiscal por cada compra.


Tolerancia: Podrá ofrecer otros medios alternativos de pago, ya sea mediante tarjeta SUBE o tecnología NFC.
Plazo entrega:
Áreas destinatarias: Depto. de Bienestar y Asuntos Estudiantiles. (24,00)
Lugar de entrega: Bartolomé Mitre 1891 (1744) MORENO
NO SI 24,00 MES CONCESION SERVICIO DE CONCESION (3.2.9.07264) Servicio
Artículos del pliego
Número Tipo de artículo Título Descripción
1 Otro NORMATIVA APLICABLE:

La presente contratación se regirá por las normas contenidas en el Decreto N° 1023/01, su actual reglamento aprobado por Decreto N° 1030/2016, sus modificatorios y complementarios, el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, aprobado mediante Disposición N° 63 de fecha 27 de Setiembre de 2016 emitida por la Oficina Nacional de Contrataciones, sus modificatorias y complementarias, el Reglamento Interno de Compras y Contrataciones de la Universidad Nacional de Moreno, aprobado por Resolución UNM-R Nº 09/13 y sus modificatorias, el presente Pliego de Condiciones Particulares y las Especificaciones Técnicas.

La simple presentación a la contratación, implica la aceptación lisa y llana por parte de los oferentes de todo el régimen legal indicado precedentemente, con la declaración expresa que las conoce y acepta en todas sus partes. Cualquier cláusula o condición que consignen los oferentes en la formulación de sus propuestas, que se encuentre en pugna con lo establecido en los Decretos y Pliegos mencionados, harán que la misma sea declarada inadmisible y desestimada.

2 Otro ORGANISMO CONTRATANTE:

El organismo que promueve la presente contratación es la UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORENO (en adelante la UNIVERSIDAD).

3 Otro OBJETO DEL LLAMADO:

El presente llamado tiene por objeto la Concesión del servicio de instalación y explotación de máquinas expendedoras de bebidas calientes, bebidas frias y snacks en la Universidad Nacional de Moreno, por un período de veinticuatro (24) meses con opción a prórroga por doce (12) meses más, en un todo de acuerdo a lo requerido en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, a este Pliego de Condiciones Particulares y en las Especificaciones Técnicas, que rigen el presente procedimiento.

4 Otro VISTA Y RETIRO DE PLIEGO:

Los pliegos que conforman este procedimiento podrán ser descargados y consultados, con el fin de presentarse a cotizar:

  1.  En el sitio de internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (COMPR.AR) www.comprar.gob.ar”;
  2. En el sitio de internet de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORENO, www.unm.edu.ar; ingresando a la sección "La UNM/Compras y Contrataciones/Compras UNM".

A tal efecto se deberá estar a lo dispuesto en el Artículo 7° del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.

5 Otro NOTIFICACIONES:

Se realizarán de acuerdo a lo establecido por el art. 7º del Decreto Nº 1030 de fecha 15 de septiembre de 2016 y el Artículo 6° del  Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. Las notificaciones que se realicen vía correo electrónico, se harán a través del correo institucional compras@unm.edu.ar.

6 Otro CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES:

Las consultas al Pliego de Condiciones Particulares deberán efectuarse por escrito, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Artículo 8° del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, ante la DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORENO, a través de la dirección de correo electrónico compras@unm.edu.ar.

Las mismas deberán efectuarse hasta las 15 horas del TERCER (3) día hábil anterior a la fecha determinada para la presentación de las propuestas.

La Universidad podrá elaborar circulares aclaratorias o modificatorias al pliego de condiciones particulares, de oficio o como respuesta a consultas, en un todo de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 50 del Decreto Nº 1030/2016.

Todas las circulares emitidas serán incluidas como parte integrante del presente Pliego de Condiciones Particulares  y difundidas en el sitio de internet de la O.N.C.

 

7 Otro PRESENTACION DE LA OFERTA:

El oferente deberá presentar su oferta en un todo de acuerdo a lo establecido en el Articulo 13 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.

La oferta deberá ser presentada, en soporte papel, en la DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES de la UNIVERSIDAD DE MORENO, sita en la Avda. Bartolomé Mitre 1.891, de la Ciudad de MORENO, Provincia de BUENOS AIRES.

NO SERA NECESARIO ADJUNTAR A SU OFERTA NI EL PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES, NI EL PLIEGO UNICO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES, COMO TAMPOCO EL PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TECNICAS, YA QUE LA SIMPLE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA IMPLICA LA ACEPTACION LISA Y LLANA POR PARTE DE CADA OFERENTE DE TODO EL REGIMEN LEGAL Y TECNICO QUE RIGE LA PRESENTE CONTRATACIÓN.

A partir de la hora fijada como término para la recepción de las ofertas no podrán admitirse otras, aún cuando el acto de apertura no se haya iniciado. Aquellas ofertas presentadas fuera del término estipulado que no fuere posible rechazar sin más trámite serán devueltas a sus presentantes. La UNIVERSIDAD no se responsabilizará por el posible traspapeleo o apertura prematura de la oferta como consecuencia de que su envoltorio o sobre exterior no haya sido debidamente cerrado y rotulado según las instrucciones indicadas. La UNIVERSIDAD no recibirá ni se responsabilizará por los documentos que no sean entregados en el lugar arriba indicado y dentro del plazo establecido.

8 Otro CANON BASE:

La cotización deberá efectuarse de acuerdo lo indican el Artículo 16 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales (Disposición ONC N° 63 E/2016), determinándose para esta contratación que la moneda de cotización y de pago es PESOS ARGENTINOS.

El canon mensual base de la concesión es fijado, para los Renglones Nros. 1 y 2 en PESOS CINCO MIL ($ 5.000,00 ) por máquina, es decir un Canon mensual para el Renglón N° 1 de PESOS VEINTICINCO MIL ($ 25.000,00) y para el Renglón N° 2 de PESOS VEINTE MIL ($20.000,00). El canon ofrecido no podrá ser de ninguna manera inferior al canon fijado como base.

 
La adjudicación recaerá en la oferta más conveniente para el organismo contratante, teniendo en cuenta la idoneidad del oferente, la calidad del servicio ofrecido, y la combinación del mayor canon ofertado y el valor de los productos a expender volcados en
el listado que deberá presentar junto con la planilla de cotizacion conforme lo establecido en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
Se verificará que se cumplan los aspectos formales requeridos por ley, por el Decreto Delegado Nro. 1023/2001, Decreto Nro. 1030/2016, normas complementarias.

9 Otro DOMICILIO:

Los oferentes deberán constituir domicilio en un todo de acuerdo a lo establecido en el Articulo 13, inciso e) del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.

En caso de producirse cambio del domicilio especial durante la sustanciación del procedimiento licitatorio, deberá informarse fehacientemente, dentro de las SETENTA Y DOS (72) horas hábiles siguientes, a la Dirección General de Compras y Contrataciones, en tanto para el caso de quien o quienes resultaren adjudicatarios tal obligación será también respecto a la dependencia requirente hasta el cumplimiento total del contrato.

El organismo contratante, los oferentes y el eventual adjudicatario se someterán, para dirimir cualquier divergencia en la presente contratación, una vez agotadas todas las instancias administrativas, a la competencia de los Tribunales competentes correspondientes al organismo contratante, renunciando expresamente a todo otro fuero o jurisdicción de excepción que pudiera corresponderle.

10 Otro DECLARACIÓN JURADA:

Junto con la oferta, deberán presentarse las siguientes declaraciones juradas:

  1. Declaración jurada en la que conste:
    • nombre y DNI de quien suscribe la oferta manifestando el carácter por el cual suscribe la misma;
    • nombre de la empresa a la que represente indicando:
      •  domicilio especial, calle, N° y localidad;
      • número de teléfono;
      • correo electrónico al que se enviarán y en el que se recibirán todas las comunicaciones oficiales entre la UNIVERSIDAD y el oferente, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 7.
  2. Declaraciones juradas establecidas en el Artículo 13 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, según correspondan.
    • Declaración jurada de oferta nacional, mediante la cual se acredite el cumplimiento de las condiciones requeridas para ser considerada como tal, de acuerdo a la normativa vigente sobre la materia, en los casos en que se oferten bienes de origen nacional.
    •  Declaración jurada en la cual se manifieste que de resultar adjudicatario se obliga a ocupar a personas con discapacidad, en una proporción no inferior al CUATRO POR CIENTO (4%) de la totalidad del personal afectado a la prestación del servicio, en los procedimientos de selección que tengan por objeto la tercerización de servicios, a los fines de cumplir con la obligación establecida en el artículo 7° del Decreto N° 312 de fecha 2 de marzo de 2010.
  3. Declaración jurada de intereses conforme Decreto N° 202/2017.

Se adjuntan como Anexo a las presentes Condiciones Particulares, los formularios de las respectivas Declaraciones Juradas.

11 Otro PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LAS OFERTAS:

De acuerdo a lo indicado en el artículo 12 del Pliego Ùnico de Bases y Condiciones Generales, los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de SESENTA (60) días corridos contados a partir de la fecha del acto de apertura. El plazo de SESENTA (60) días antes aludido se renovará en forma automática por un lapso igual al inicial  y así sucesivamente, salvo que el oferente manifestara en forma expresa su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento con una antelación mínima de DIEZ (10) días corridos al vencimiento de cada plazo.

12 Otro VISITA OPTATIVA:

Los oferentes antes de la cotización podrán realizar una visita con el fin de observar los sitios donde se instalarán las máquinas, siendo el Área responsable de la supervisión y contacto el DEPARTAMENTO DE BIENESTAR Y ASUNTOS ESTUDIANTILES.

La misma podrá ser realizada de lunes a viernes de 12 a 13 hs. y hasta el día anterior a la fecha de apertura. En dicha visita se otorgará al oferente una constancia de la misma. Se deja constancia que la no realización de la visita no se considerará una omisión esencial a efectos de evaluar la oferta, pero si quien resulte adjudicataria, no la hubiere realizado no podrá alegar posteriormente ignorancia y/o imprevisiones en las condiciones en las que se efectúe el servicio.

 

13 Otro DOCUMENTACIÓN Y FOLLETERÍA:

Sin perjuicio de lo solicitado por el Art. 13 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales (Disposición ONC N° 63 E/2016), además, los oferentes deberán presentar antecedentes vinculados con la actividad y folleteria técnica de las maquinas ofertadas.

 

14 Otro SISTEMA DE PROVEEDORES DEL ESTADO (SIPRO):

En virtud de lo establecido en el Artículo 25 de la Disposición ONC N° 62 E/2016, la Dirección General de Compras y Contrataciones verificara, dentro de los DOS (2) días siguientes al acto de apertura de las ofertas, en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO), el estado en que se encuentra cada uno de los oferentes y, en su caso, comunicará que deberán realizar las gestiones necesarias ante la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES para que se encuentren inscriptos y con los datos actualizados al momento de la emisión del dictamen de evaluación o bien al momento de la adjudicación en los procedimientos en que no se realice dicha etapa.
En el caso de las personas que se hubieran presentado agrupadas asumiendo el compromiso, en caso de resultar adjudicatarias, de constituirse legalmente en una Unión Transitoria (UT), deberá verificarse en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO), el estado en que se encuentra quien hubiere suscripto la oferta, como así también el estado en que se encuentran cada una de las personas que integrarán la UT.
En cualquier tipo de procedimiento los oferentes y adjudicatarios extranjeros estarán exceptuados de la obligación de inscripción en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO).

15 Otro VERIFICACIÓN DE DEUDAS CON LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP):

Al momento de la Emisión del Cuadro Comparativo la Unidad Operativa de Contrataciones (en un todo de acuerdo a lo establecido en el Articulo 27 de la Disposición ONC N° 62/16) verificará (conforme lo establecido en la Resolución General de AFIP N° 4164/2017) el estado de deuda de cada oferente ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Si de resulta de la consulta surge que algún oferente posee deuda ante la AFIP, se lo intimará a regularizar su situación en el término de CINCO (5) días hábiles. En los casos en que la firma oferente continúe manteniendo la deuda, se desestimara sin más trámite su oferta por no cumplir el requisito de habilidad para contratar en los términos del inciso f) del Artículo 28 del Decreto Delegado N° 1.023/2001 e inciso b) del Artículo 66 del Anexo al Decreto 1030/2016.

Teniendo en cuenta que no se encuentra dentro de la órbita de la Universidad las posibles discrepancias que surjan con respecto al estado de deuda entre el oferente y la AFIP, queda a cargo exclusivamente de cada oferente informarse periódicamente sobre su estado de deuda ante AFIP. A tal efecto, y conforme lo establecido en la Resolución General de AFIP N° 4164/2017, artículo 5, para consultar las deudas liquidas y exigibles deberán ingresar al sistema cuentas tributarias y seleccionar en el menú la opción “Detalle de Deuda Consolidada” y dentro de esta opción, el tramite “Consulta de Deuda Proveedores del Estado”.

16 Otro OPCIÓN A PRÓRROGA:

En caso de hacer uso la UNIVERSIDAD de la opción a prórroga prevista en la presente contratación, esta será comunicada a la firma adjudicataria con hasta 30 días de antelación al vencimiento del contrato. Dicha prorroga se efectuara en base a las condiciones pactadas originariamente, siendo los valores cotizados inmodificables y un todo de acuerdo a lo establecido en el Artículo 100 del Decreto 1030/16. La opción a prorroga podrá ser utilizada para prorrogar la totalidad de los renglones o solo uno de ellos.

17 Otro CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE OFERTAS:

Las ofertas que se consideren admisibles en los términos del Decreto N° 1030/16 y sus complementarios, serán analizadas para la comprobación del total cumplimiento de las especificaciones técnicas detalladas. Se evaluaran las ofertas en virtud de la siguiente metodología de evaluación:

Los criterios a utilizar son los siguientes:

a).- Legal y financiero: se evaluará la documentación requerida en el presente Pliego y en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.

 b).- Cumplimiento con las Especificaciones Técnicas: Se evaluará el cumplimiento de cada una de las condiciones, respecto de los bienes ofertados, conforme lo establecido en las Especificaciones Técnicas. Las ofertas que no cumplan con las mismas quedarán fuera del proceso de evaluación y por consiguiente quedarán descalificadas.

c).- Comparación de Canon y Precios: Se procederá a comparar todas las ofertas que se ajustan sustancialmente al presente Pliego, a las Especificaciones Técnicas y a lo dispuesto en el Decreto N° 1030/16 y sus complementarios, para determinar cuál es la oferta evaluada como la más conveniente.

Se deja constancia que al momento de evaluar la oferta , y teniendo en cuenta la importancia que tiene la calidad, variedad y costos de los productos ofrecido, no necesariamente la oferta mas conveniente será la de mayor canon, sino que se tendrá en cuenta especialmente la oferta que contega la mejor calidad de productos y el mejor precio de venta de los mismo para ofrecer a la toda la comunidad educativa.

 

18 Plazo de entrega PLAZO O FECHA, FORMA Y LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO. DURACIÓN DEL CONTRATO

La concesión del servicio tendrá una vigencia de VEINTICUATRO (24) meses a partir de la firma del contrato. Asimismo dicho contrato podrá ser prorrogado hasta por un período de DOCE (12) meses más.
La instalación de las máquinas deberá efectuarse dentro de los DIEZ (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la suscripción del respectivo contrato, en la Avenida Bartolomé Mitre 1.891, Moreno, Provincia de Buenos Aires y en un todo de acuerdo a lo establecido en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
El contrato de concesión del servicio en cuestión no importará locación ni sociedad alguna, como así tampoco otorgará ningún tipo de exclusividad al concesionario.

Asimismo y a los efectos de coordinar los detalles de entrega la adjudicataria deberá comunicarse con la COMISION DE RECEPCION a los teléfonos 0237 460-9300 (líneas rotativas) interno 142, o via correo electronico a los mails mlemongi@unm.edu.ar y pbarrios@unm.edu.ar

 

 

19 Forma de pago PLAZO, FORMA, LUGAR Y HORARIO DE PAGO:

La adjudicataria deberá pagar el canon en forma mensual, por mes adelantado y dentro de los primeros CINCO (5) días de cada mes en la Dirección de Tesorería de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORENO, sita en Avda. Bartolomé Mitre 1891. MORENO,
Provincia de Buenos Aires.

 

 

 

20 Otro OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA:

La adjudicataria estará obligada a:
1. Contar con todas las habilitaciones que correspondan, para operar en el ámbito de la UNIVERSIDAD.
2. Abonar el Canon en el tiempo y forma establecida.
3. Emplear productos de Primera Calidad y máxima pureza en la preparación de las bebidas y alimentos, de conformidad al Código alimentario Argentina. No expender bebidas ni alimentos que carezcan de la identificación del productor o del establecimiento
elaborador, como así también de la fecha de vencimiento. Asegurar que el transporte de los mismos sea en vehículos habilitados por la autoridad competente. No incrementar el precio de venta de los productos que expende, ni incorporar nuevos productos para la
venta, sin contar con la previa autorización de la Universidad.
4. Priorizar la higiene y la salubridad del espacio en donde se ubiquen las máquinas expendedoras, permitiendo la inspección, sin previo aviso, por el personal que la Universidad designe a tal efecto, a fin de comprobar las condiciones de higiene y salubridad existentes en dichos lugares.
5. Mantener las maquinas expendedoras y el espacio donde se encuentren en perfectas condiciones de conservación, uso y goce, y en su caso, efectuar con la periodicidad en las especificaciones técnicas los trabajos de mantenimiento y mejoras que correspondan.
6. Cumplimentar estrictamente las disposiciones legales que sean de aplicación de acuerdo con la naturaleza de la actividad y, al pago de los impuestos, tasas, contribuciones, patentes y demás obligaciones que graven a los bienes por su explotación
o actividad.
7. No destinar los bienes a otro uso o goce que el estipulado o, hacer uso indebido de los mismos.
8. Retirar las máquinas sin cargo alguno para la UNIVERSIDAD, dentro de los DIEZ (10) días corridos de vencido el contrato o de comunicada su rescisión.
9. Asegurar a la totalidad del personal conforme la normativa vigente, que realice el mantenimiento y carga de la maquinas expendedoras.
10. Satisfacer, en caso de que existan, las multas por infracciones dentro de los TRES (3) días de notificadas las mismas.
11. No crear condiciones motivadas por el modo de prestación, que generen riesgos a los usuarios de los servicios, mayores a los previsibles y normales de la actividad.

21 Otro PERSONAL:

La adjudicataria deberá contar con el personal idóneo, con la capacitación correspondiente, y en cantidad suficiente, para el correcto cumplimiento de la tareaS a efectuar.  Todo el personal en servicio deberá cumplir con lo exigido en las normas de seguridad e higiene en el trabajo. Asimismo se deberá proveer a cada empleado de todos los elementos de seguridad necesarios que demande el desarrollo de su tarea . Tanto el personal como los equipos deberán tener seguros de acuerdo a las normas vigentes.
La Adjudicataria queda obligada a cumplir en todos los casos de contratación o subcontratación de personal, con las disposiciones laborales vigentes. La UNIVERSIDAD se reserva el derecho de ordenar a la adjudicataria el inmediato reemplazo del personal que no cumpla con las pautas señaladas. La adjudicataria mantendrá indemne a esta UNIVERSIDAD de cualquier reclamo que por cualquier concepto pudieran perseguir los empleados contratados por la misma para el desarrollo de las tareas.
La adjudicataria deberá dar cumplimiento a la totalidad de la normativa dispuesta por el Decreto Nacional Nº 351/79 reglamentario de la Ley Nº 19.587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo, como así también las disposiciones de la Ley Nº 24.557 sobre Riesgos del Trabajo.
La adjudicataria tendrá a su exclusivo cargo la totalidad de las obligaciones Impositivas, Laborales, Previsionales, Sindicales y cualquier otra que derive de la legislación vigente en la materia o que se dicte en el futuro, respecto de la actividad desarrollada, y del personal que afecte a la misma, bajo su dependencia, y durante todo el tiempo de la contratación. Asimismo la adjudicataria deberá contratar póliza de seguro de vida obligatorio y contar con la cobertura establecida en la Ley de Riesgo de Trabajo para todos sus dependientes. Deberá cubrir los posibles siniestros con una póliza de seguros contra todo riesgo y responsabilidad civil, por los accidentes que pudiera sufrir su personal o terceros vinculados con los trabajos que se realizan en función de la relación contractual. A tal efecto deberá presentar seguros de Responsabilidad Civil, por el monto suficiente, a favor de la Universidad Nacional de Moreno.
También deberá acreditar, aportando los comprobantes de inscripción pertinentes, estar registrado ante la AFIP como empleador. Si el adjudicatario demandara además, para la ejecución de las tareas a las que se obliga por contrato, de otro tipo de personal, sea este de carácter técnico o profesional y cualquiera sea el vínculo que los relacione, también será plenamente responsable de toda obligación emanada del referido vínculo.
El personal utilizado por la adjudicataria para prestar el servicio no adquiere por esta contratación ningún tipo o forma de relación de dependencia con la UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORENO, siendo por cuenta de la adjudicataria todas las responsabilidades emergentes de la relación laboral con el personal empleado.
La Universidad no posee responsabilidad alguna por conflictos o reclamos de cualquier naturaleza, que pudieran suscitarse entre la adjudicataria y el personal que esta ocupa, para el cumplimiento de sus obligaciones contractuales.

El Cocontratante será responsable de los accidentes que pudieran sufrir su personal o terceros vinculados permanentes, transitoria o accidentalmente con los trabajos que realiza en función de la relación contractual.

Queda a exclusivo cargo del adjudicatario la asistencia médica y salarios caídos derivados de cualquier accidente laboral.

Satisfacer debidamente las indemnizaciones por despidos, accidentes de trabajo y demás pagos que deba cumplir en su carácter de empleador, como así también los daños y perjuicios que pueda ocasionar a la UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORENO.

Presentar ante la Dependencia que que tramitará el pago de facturas , junto con la factura de cada mes, certificaciones que demuestren fehacientemente los pagos de salarios al personal, como así también la fotocopia de depósito de aportes patronales, de las retenciones contributivas a las Instituciones Previsionales y los pagos de seguros al personal exigidos por ley, si estas le fueran requeridas.

22 Otro VICIOS OCULTOS O REDHIBITORIOS:

La inspección y aceptación por parte de la UNIVERSIDAD, no desliga al adjudicatario de su responsabilidad por defectos y/o vicios ocultos o aparentes no detectados en el momento de su inspección.

 

 

 

 

23 Otro DAÑOS:

La Adjudicataria deberá adoptar todas las disposiciones y/o precauciones necesarias para evitar daños al personal que de él dependa, a los del organismo, a alumnos y público circulante del predio de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORENO, a terceros vinculados o no con la prestación del servicio, a las propiedades, equipos e instalaciones de la UNIVERSIDAD o de terceros, así puedan provenir esos daños de la acción o inacción de su personal o elementos utilizados o por causas eventuales. A tal fin, deberá acreditar la contratación de un seguro que cubra dichas contingencias. El resarcimiento de los perjuicios que, no obstante, se produjeran, correrá por cuenta exclusiva de la Adjudicataria.

24 Otro PENALIDADES:

La falta de cumplimiento de cualquiera de las obligaciones asumidas por la adjudicataria en esta contratación, será penalizada por esta UNIVERSIDAD a través del siguiente procedimiento:
Detectado el 1er. Incumplimiento el concesionario será pasible del 1er. llamado de atención, el cual quedará asentado en un Libro de Notificaciones que deberá llevar quien realiza el control del servicio, constituyendo un primer precedente.
De persistir el incumplimiento/falla o ante una 2da. falta, se aplicará un 2do. llamado de atención, asentando un 2do. precedente, y correspondiendo en este caso la aplicación de una multa diaria de hasta el DIEZ POR CIENTO (10%) sobre el importe total del CANON fijado.
Corresponderá un 3er. llamado de atención cuando no cese el incumplimiento y se cumpla el plazo de SIETE (7) días hábiles de realizado el 2do llamado por parte de esta UNIVERSIDAD, por lo que a partir del 3er. llamado corresponderá una multa diaria de
hasta el TRES POR CIENTO (3%) sobre el importe total del CANON fijado.

En caso de persistir los incumplimientos la UNIVERSIDAD se reserva la facultad de rescindir el contrato de pleno derecho con culpa del proveedor.
Las multas deberán ser abonadas en efectivo en la Dirección de Tesorería de la UNIVERSIDAD dentro de los CINCO (5) días hábiles de notificadas. El no pago de una multa en tiempo y forma será causal directa de rescisión del contrato, por culpa de la
adjudicataria.

25 Otro OBLIGACIÓN DE INDEMNIDAD:

La adjudicataria estará obligada a mantener indemne a la UNIVERSIDAD, de los recursos, demandas, reclamos o pretensiones resarcitorias, compensatorias, de reembolso, o de cualquier otra especie que el personal, que ésta contrate para la prestación del servicio objeto de la presente licitación, o de cualquier tercero, le efectivice a la UNIVERSIDAD. En consecuencia, la adjudicataria también estará obligada, a SUBROGAR A LA UNIVERSIDAD, a fin de satisfacer –a costa de la adjudicataria- el objeto de los recursos, demandas, reclamos y/o pretensiones precitados, para el supuesto en que estos se produzcan.

26 Otro INTERPRETACIÓN:

Los errores que eventualmente pudiese contener la documentación técnica de la presente contratación y no hubiesen merecido consultas o solicitud de  aclaraciones en el período correspondiente antes de la fecha de apertura de ofertas no serán motivo de reconocimiento de adicional alguno ni circunstancia liberatoria de sus responsabilidades.

Toda omisión en el desarrollo del presente pliego deberá considerarse accidental, y no implicará la falta de provisión de bienes y/o materiales y/o mano de obra que afecte la correcta ejecución del objeto contractual. Esta Universidad no admitirá ningún tipo de reclamo por desconocimiento del pliego y/o de los trabajos a realizar.

Recepción de ofertas
Nro. comprobante Fecha y hora de recepción Oferente Observaciones Anulado
CRO:1394 23/03/2023 10:53 NOEMI IGNACIA NARVAEZ RECIBO CAJA CERRADA CORRESPONDIENTE A LA OFERTA. NO
Oficina de contratación
Oficina contratación central
ACTO APERTURA
AAP:18/2023
23/03/2023 13:00
23/03/2023 13:05
Bartolome Mitre 1891, Moreno, Buenos Aires, MORENO, Buenos Aires
Universidad Nacional de Moreno
En dictamen
Ofertas presentadas

NOEMI IGNACIA NARVAEZ

CRO:1394
23/03/2023
$ 1.728.000,00
Peso argentino

La adjudicataria deberá pagar el canon en forma mensual, por mes adelantado y dentro de los primeros CINCO (5) días de cada mes en la Dirección de Tesorería de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORENO, sita en Avda. Bartolomé Mitre 1891. MORENO,
Provincia de Buenos Aires.

 

 

 

La concesión del servicio tendrá una vigencia de VEINTICUATRO (24) meses a partir de la firma del contrato. Asimismo dicho contrato podrá ser prorrogado hasta por un período de DOCE (12) meses más.
La instalación de las máquinas deberá efectuarse dentro de los DIEZ (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la suscripción del respectivo contrato, en la Avenida Bartolomé Mitre 1.891, Moreno, Provincia de Buenos Aires y en un todo de acuerdo a lo establecido en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
El contrato de concesión del servicio en cuestión no importará locación ni sociedad alguna, como así tampoco otorgará ningún tipo de exclusividad al concesionario.

Asimismo y a los efectos de coordinar los detalles de entrega la adjudicataria deberá comunicarse con la COMISION DE RECEPCION a los teléfonos 0237 460-9300 (líneas rotativas) interno 142, o via correo electronico a los mails mlemongi@unm.edu.ar y pbarrios@unm.edu.ar

 

 

Cotiza R1 PU: $8.000,00 / R2 PU: $8.000,00
Renglón Descripción de la oferta Tipo oferta Cantidad
ofertada
Unidad
medida
Monto unitario Monto total Observaciones
1 Concesión del servicio de CINCO (5) maquinas expendedoras de bebidas calientes, en un todo de acuerdo a lo establecido en las especificaciones técnicas. Principal 24 MES $ 40.000,00 $ 960.000,00  
2 Concesión del servicio de CUATRO (4) maquinas expendedoras de snacks y bebidas frías, en un todo de acuerdo a lo establecido en las especificaciones técnicas. Principal 24 MES $ 32.000,00 $ 768.000,00  
Dictamen de evaluación

Nro. Dictamen Evaluación: DIE:20/2023

Proveedores admisibles:

- NOEMI IGNACIA NARVAEZ

Por cumplir con los requisitos de admisibilidad establecidos en la normativa vigente

Renglón 1 (SERVICIO DE CONCESION)

Concesión del servicio de CINCO (5) maquinas expendedoras de bebidas calientes, en un todo de acuerdo a lo establecido en las especificaciones técnicas.

Estado oferta Orden mérito Proveedor Descripción Tipo oferta Motivo Cantidad Unidad medida Monto unitario Monto total Observaciones
Aceptar 1 NOEMI IGNACIA NARVAEZ Concesión del servicio de CINCO (5) maquinas expendedoras de bebidas calientes, en un todo de acuerdo a lo establecido en las especificaciones técnicas. Principal Por ajustarse técnicamente a lo solicitado 24,00 MES $ 40.000,00 $ 960.000,00 Por ajustarse a lo solicitado en el Pliego de Condiciones Particulares, al Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y a las Especificaciones Técnicas, en un todo de acuerdo a las evaluaciones incorporadas en Expediente SUDOCU S01: 581/2022, mediante MEMO 51/2023-SEU-DBAE, MEMO 30/2023-VR-SEU y PROVIDENCIA 444/2023-SCA-DCC.

Renglón 2 (SERVICIO DE CONCESION)

Concesión del servicio de CUATRO (4) maquinas expendedoras de snacks y bebidas frías, en un todo de acuerdo a lo establecido en las especificaciones técnicas.

Estado oferta Orden mérito Proveedor Descripción Tipo oferta Motivo Cantidad Unidad medida Monto unitario Monto total Observaciones
Aceptar 1 NOEMI IGNACIA NARVAEZ Concesión del servicio de CUATRO (4) maquinas expendedoras de snacks y bebidas frías, en un todo de acuerdo a lo establecido en las especificaciones técnicas. Principal Por ajustarse técnicamente a lo solicitado 24,00 MES $ 32.000,00 $ 768.000,00 Por ajustarse a lo solicitado en el Pliego de Condiciones Particulares, al Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y a las Especificaciones Técnicas, en un todo de acuerdo a las evaluaciones incorporadas en Expediente SUDOCU S01: 581/2022, mediante MEMO 51/2023-SEU-DBAE, MEMO 30/2023-VR-SEU y PROVIDENCIA 444/2023-SCA-DCC.

OBSERVACIONES: En la Ciudad de Moreno, a los 16 días del mes de MAYO de 2023, siendo las 13 hs. se reúne la Comisión Evaluadora de ofertas, designada mediante Resolución UNM-VR 77/2022, a los fines de evaluar la oferta presentada para la CONTRATACION DIRECTA N°57/2022, en un todo de acuerdo a los pliegos que rigen el presente procedimiento. Siendo las 14 hs. y después de analizada la oferta presentada, conforme Acta de Apertura Nº18/2023, y de acuerdo a los criterios de evaluación previstos en el presente procedimiento, esta Comisión recomienda, en base a los Informes obrantes en el Expediente Sudocu S01: 581/2022 preadjudicar en un todo de acuerdo al siguiente detalle:

SIU-Diaguita. Módulo de compras, contrataciones y patrimonio.

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v3.3.0